Después de que el Congreso de la República aprobó el proyecto que declaró el Internet como servicio público esencial y universal en Colombia mediante la modificación de la Ley 1341 de 2009, el Gobierno Nacional hizo su promulgación oficial desde el municipio de Arroyohondo (Bolívar).
“Con esta ley, el Internet pasa a convertirse en un servicio público esencial. Esto quiere decir que su importancia y necesidad para los colombianos es equiparable con el agua, la luz y el gas. Por consiguiente, los operadores deberán garantizar la continua provisión del servicio para todos y en situaciones de emergencia, como la pandemia, no podrán suspender las labores de instalación, adecuación y mantenimiento de las redes”, explicó el presidente Duque.
Internet se ha convertido en un factor determinante para el goce efectivo de derechos fundamentales como la educación, el trabajo, la salud y el mismo acceso a la información.
Los beneficios de la ley
La ley garantiza el derecho efectivo de acceso a la Internet, con tarifas asequibles y competitivas, con independencia de la localización geográfica y que en estados de excepción y emergencia sanitaria exista un mínimo de navegabilidad y de mensajes de texto gratuitos para los usuarios.
Por ejemplo, durante la vigencia de estados de excepción y emergencia sanitaria, usuarios prepago tendrán acceso al envío gratuito de 200 mensajes de texto y la recepción de estos sin restricción.
En el mismo caso, los usuarios post pago que estén atrasados en el pago de la factura y cuyo plan no exceda los $54.462, podrán efectuar recargas para usar el servicio en la modalidad prepago; enviar 200 mensajes de texto gratis y la recepción de estos sin ninguna restricción; navegación gratuita en 30 direcciones de Internet que serán definidas por el Ministerio TIC con apoyo de la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC), para acceder a servicios de salud, atención de emergencias, del Gobierno y de educación.
Además, todos los usuarios podrán navegar sin costo en un portal de contenidos educativos elegido en conjunto por los ministerios de Educación y TIC.
Y para ampliar la cobertura del servicio de Internet en las zonas más remotas del territorio nacional, la ley ordena al Fondo Único de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (FUTIC) crear líneas de crédito para los operadores de Internet fijo residencial con menos de 30.000 usuarios, exceptuarlos del pago de contribución anual a la CRC y el pago de contraprestación periódica al fondo.
Conectividad en Colombia
Según el más reciente Boletín Trimestral de las TIC, perteneciente a enero y marzo de 2021, Colombia superó la barrera de los 8 millones de accesos fijos a internet; una velocidad promedio contratada de Internet fijo de 39,4 mbps; 32,9 millones de accesos a internet móvil y 69 millones de líneas de celular.
Agradecimientos: MinTic
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